Tabla de contenidos
- Qué ha anunciado Hacienda sobre Verifactu
- Las razones del aplazamiento
- Verifactu y factura electrónica: dos obligaciones distintas
- Cronología de los aplazamientos
- Qué no cambia
- Qué hacer ahora en tu clínica
- Preguntas frecuentes
Qué ha anunciado Hacienda sobre Verifactu
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que anuncia el aplazamiento de Verifactu hasta octubre de 2028. Hasta ahora, las fechas vigentes eran el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, entre ellos los autónomos. Con el anuncio, todas las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, que incluye el reglamento de los sistemas informáticos de facturación, se trasladan a octubre de 2028.
Es el segundo aplazamiento consecutivo y llega a menos de tres meses del primer plazo. Conviene tener presente un matiz: según recogen Xataka y The Objective, el cambio se ha comunicado mediante nota informativa y todavía tiene que trasladarse formalmente a una norma que sustituya los plazos actuales. Hasta que eso ocurra, comprueba siempre el texto publicado en el BOE.
Este artículo resume las razones que ha dado la administración y las que han empujado la decisión, explica en qué se diferencia Verifactu de la factura electrónica obligatoria y propone qué hacer en una consulta o clínica mientras se publica la norma.
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Las razones del aplazamiento
1. Hacer coincidir Verifactu con la factura electrónica
La razón oficial figura en la nota de Hacienda: favorecer la máxima convergencia posible entre los sistemas de facturación electrónica y el Reglamento de sistemas informáticos de facturación, tanto desde el punto de vista normativo como técnico. Por eso se ha considerado conveniente alinear los calendarios de implantación.
La fecha de octubre de 2028 no es casual. Según explica Xataka, la orden ministerial que completa el desarrollo de la solución pública de factura electrónica se publicó en el BOE el 5 de octubre y entra en vigor el 6. A partir de ahí corre el plazo de adaptación: doce meses para quienes superaron los 8 millones de euros de volumen de operaciones el año anterior y veinticuatro meses para el resto. Ese segundo grupo es el que cae en octubre de 2028.
2. Evitar dos adaptaciones tecnológicas seguidas
Autónomos y pymes iban a tener que cambiar su sistema de facturación para Verifactu en 2027 y, poco después, para la factura electrónica. El presidente de ATA, Lorenzo Amor, lo resumió así: no tiene sentido que entre en vigor un nuevo sistema de facturación y que, al año siguiente, se tenga que aplicar otro. Con el aplazamiento, la adaptación se plantea como una sola transición.
3. La directiva europea ViDA
La directiva ViDA (VAT in the Digital Age) establece un modelo de información digital del IVA que será obligatorio en la Unión Europea a partir de 2030. Según Economía Finanzas, también ha influido en la decisión: la idea es que el sistema español no tenga que rehacerse varias veces. La nota de Hacienda anticipa además una modificación para converger ámbitos de aplicación y algunos aspectos técnicos, teniendo en cuenta esos futuros requisitos de reporte digital.
4. La presión de autónomos, asesores y gestores
El aplazamiento llega después de meses de peticiones. ATA reclamaba la sincronización de los calendarios de Verifactu, factura electrónica y ViDA. La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) explicó que presentó en junio una propuesta de hoja de ruta que derivó en una propuesta de modificación debatida en el Senado, y la considera origen de la decisión. Gestores administrativos y otros colectivos pedían lo mismo.
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Verifactu y factura electrónica: dos obligaciones distintas
Se mezclan con frecuencia, pero responden a fines diferentes. Como recuerda elDiario.es citando al Consejo General de Economistas, adaptarse a Verifactu no reemplaza la futura obligación de factura electrónica.
| Aspecto | Verifactu (reglamento de sistemas de facturación) | Factura electrónica obligatoria |
|---|---|---|
| Qué regula | Cómo el programa genera, conserva y protege los registros de facturación | Cómo se emiten, transmiten y reciben las facturas entre empresarios y profesionales |
| Objetivo | Seguridad y trazabilidad, evitar alteraciones | Interoperabilidad y control comercial |
| Base normativa | Real Decreto 1007/2023 | Ley Crea y Crece y su desarrollo |
| Nueva fecha de referencia | Octubre de 2028 (anunciada) | Octubre de 2028 para quienes facturan hasta 8 millones de euros |
Una precisión útil: VERI*FACTU es una de las dos modalidades para cumplir el reglamento, no el nombre de todo el régimen. Y el registro que genera el sistema no es por sí mismo una factura electrónica, algo que la propia Agencia Tributaria recuerda.
Cronología de los aplazamientos
| Momento | Qué ocurrió |
|---|---|
| Calendario original | Primera referencia en 2025, según recoge Xataka |
| Abril de 2025 | Hacienda fija el 1 de enero de 2026 (Sociedades) y el 1 de julio de 2026 (resto) |
| Diciembre de 2025 | El Real Decreto-ley 15/2025 lo traslada al 1 de enero y al 1 de julio de 2027 |
| 5 de octubre de 2026 | Hacienda anuncia el aplazamiento a octubre de 2028 |
Qué no cambia
La nota de Hacienda indica que las exigencias del reglamento en materia de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, así como las restantes garantías técnicas, se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los actuales. Dicho de otro modo: la obligación no desaparece, solo se retrasa.
Tampoco cambia quién queda fuera. La Agencia Tributaria recuerda que no entran en el ámbito quienes facturan exclusivamente de forma manual, entre otros supuestos. Si no sabes si te alcanza, consúltalo con tu gestor.
Qué hacer ahora en tu clínica
Mantén el plan, con más margen
El aplazamiento da tiempo, no elimina la tarea. Quien ya estaba adaptando su programa dispone de más margen para probarlo con calma. Quien no había empezado puede planificarlo sin prisas.
Pregunta a tu proveedor por las dos cosas
Pide por escrito si tu programa será conforme al reglamento de sistemas de facturación y si prevé soportar la factura electrónica obligatoria. Si cambias de herramienta, que sea una sola vez.
Revisa tu método actual
Si facturas con plantillas editables, plantéate cuándo dejarás de hacerlo. La facturación manual consume horas cada mes con independencia de la fecha legal.
Vigila la publicación de la norma
El texto definitivo puede incluir ajustes en el ámbito de aplicación y en aspectos técnicos. Consulta el BOE y a tu asesor. Para el detalle de las obligaciones y sanciones, tienes la guía de fechas y sanciones y la guía completa de VeriFactu, cuyas fechas anteriores a este aplazamiento deben leerse con el cambio en mente. Si trabajas en fisioterapia, tienes un resumen en Verifactu para fisioterapeutas.
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo es ahora obligatorio Verifactu?
Según el anuncio de Hacienda del 5 de octubre de 2026, las obligaciones pendientes se aplazan hasta octubre de 2028. Hasta que se publique la norma que lo formalice, las fechas vigentes en el texto legal son las anteriores, por lo que conviene consultar el BOE.
¿Por qué se ha aplazado Verifactu otra vez?
Para alinear su calendario con el de la factura electrónica obligatoria, evitar que pymes y autónomos adapten sus sistemas dos veces seguidas y tener en cuenta los requisitos europeos de reporte digital de la directiva ViDA.
¿Verifactu y la factura electrónica son lo mismo?
No. Verifactu regula los requisitos de los programas de facturación; la factura electrónica regula el intercambio de facturas entre empresarios y profesionales. Son obligaciones distintas, aunque ahora comparten fecha de referencia.
¿Me sirve seguir facturando con una plantilla de Word o Excel?
Mientras la obligación no sea exigible, legalmente puedes seguir como hasta ahora. Pero la facturación manual es lenta y propensa a errores, y las exigencias de trazabilidad llegarán en 2028.
¿Los requisitos técnicos van a cambiar?
Hacienda indica que se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes, aunque anuncia una modificación para converger ámbitos de aplicación y algunos aspectos técnicos. Está pendiente de publicarse.
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Fuentes
- Hacienda vuelve a retrasar Verifactu: octubre de 2028 (Xataka)
- Hacienda pospone Verifactu hasta octubre de 2028 (The Objective)
- El Gobierno retrasa la entrada en vigor de Verifactu (elDiario.es)
- Hacienda aplaza Verifactu para alinearlo con la factura electrónica (Economía Finanzas)
- Hacienda vuelve a retrasar Verifactu (Libre Mercado)
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Publicado por Clinily · 6 de octubre de 2026 · 9 min de lectura